En el Perú, los trabajadores del sector privado que están en planilla se benefician de varios derechos laborales que tienen un impacto importante en su economía. Entre estos beneficios se encuentran las utilidades, la Compensación de Tiempo de Servicios (CTS) y las gratificaciones, que son esperados con ansias por los empleados. Estos pagos, aunque no son parte del salario ordinario, sirven como un apoyo fundamental para el trabajador, ya sea para afrontar deudas, adquirir bienes, planificar vacaciones o como un plan de contingencia en tiempos difíciles. A medida que nos acercamos al año 2025, muchos se preguntan cuándo se abonarán estos beneficios y qué condiciones existen para acceder a ellos. En este artículo, detallaremos estos tres beneficios y las fechas clave para el próximo año.
1. Utilidades
Las utilidades representan el primer pago que los trabajadores recibirán. Las empresas que generan rentas de tercera categoría, como aquellas dedicadas al comercio, servicios y manufactura, están obligadas a repartir un porcentaje de sus ganancias netas entre sus empleados. Este reparto se realiza una vez que la empresa ha deducido los impuestos e inversiones necesarias. Para tener derecho a recibir utilidades, los trabajadores deben estar en planilla y laborar en empresas con más de 20 trabajadores.
Es importante tener en cuenta que no todas las empresas deben repartir utilidades. Existen excepciones como las empresas individuales, microempresas, autogestionarias, cooperativas y sociedades civiles. El pago de las utilidades debe realizarse dentro de los 30 días posteriores al vencimiento del plazo para presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. Según el cronograma de la Sunat, este periodo de vencimiento se encuentra entre el 24 de marzo y el 11 de abril de 2025. Las empresas tienen hasta 30 días después de esta fecha para realizar el pago, y este se distribuye según el número de RUC de la empresa.
Para aquellos que se estén iniciando en la contabilidad, es útil comprender cómo se lleva a cabo el registro de estos pagos y cómo impactan los estados financieros de la empresa.
2. Compensación de Tiempo de Servicios (CTS)
La CTS es otro de los beneficios laborales que proporciona un respaldo económico a los trabajadores en caso de pérdida del empleo. Este pago, creado para afrontar contingencias laborales, es otorgado a los trabajadores que cumplen con un régimen laboral privado y laboran al menos 4 horas diarias, con un mínimo de un mes de trabajo.
Para los trabajadores de pequeñas empresas, la CTS se limita a un máximo de 15 remuneraciones diarias. El cálculo de la CTS se realiza tomando como base el salario mensual del trabajador y dividiéndolo entre 360. El total resultante se multiplica por el número de días trabajados en el semestre correspondiente.
La CTS se paga en dos abonos. El primer abono debe realizarse hasta el 15 de mayo y corresponde al periodo comprendido entre noviembre y abril. El segundo abono, que cubre los meses de mayo a octubre, debe realizarse hasta el 15 de noviembre. Además, si el trabajador lo desea, puede retirar hasta el 100% de sus depósitos acumulados en un solo desembolso hasta el 31 de diciembre de cada año. Para realizar este retiro, el trabajador puede acudir de manera presencial a las entidades financieras o hacer uso de las transferencias bancarias a través de las aplicaciones móviles de los bancos.
3. Gratificación
La gratificación es una remuneración adicional que los trabajadores reciben dos veces al año: una en julio por las Fiestas Patrias y otra en diciembre por Navidad. Según la Ley 27735, las gratificaciones equivalen al sueldo bruto más un porcentaje adicional destinado a EsSalud o EPS. El porcentaje adicional es del 9% en el caso de EsSalud o 6.75% si el trabajador está afiliado a una EPS.
El pago de la gratificación debe realizarse antes del 15 de julio para la primera gratificación y antes del 15 de diciembre para la segunda. Las empresas que no cumplan con esta obligación podrían enfrentarse a severas sanciones. Las multas por no realizar el pago de la gratificación a tiempo oscilan entre S/7,222 y S/120,152, dependiendo del número de trabajadores afectados y la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente. Además, se aplicarán intereses legales laborales desde la fecha de vencimiento hasta el día en que se efectúe el pago.
Las utilidades, la CTS y las gratificaciones son tres de los principales beneficios laborales que los trabajadores en planilla del sector privado en el Perú pueden esperar en 2025. Estos pagos no solo son una ayuda económica, sino también un derecho que contribuye al bienestar de los trabajadores. Es fundamental que tanto empleadores como empleados conozcan las fechas y condiciones para el pago de estos beneficios, ya que su cumplimiento es esencial para el buen funcionamiento del ámbito laboral en el país. Como trabajador, es recomendable estar atento a las fechas de pago y a las modalidades de retiro para asegurarse de aprovechar al máximo estos beneficios.